Visto
La resolución Nº
1736/18 y su Anexo sobre la modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía
Social, que se adjuntan a la presente, y
Considerando
Que, se trata de
una modificación estatutaria que impacta sobre la conformación de los EOE (Equipos de Orientación Escolar, más
conocidos como “gabinetes”) de cada región.
Que, la modalidad
afectada tiene dos tipos de equipos, los EOE de planta funcional de una
escuela, que pertenecen a esa institución, el cargo es fijo y se desempaña sólo
en esa dependencia y los EOE de Distrito, se reubican año a año según la
necesidad del Distrito.
Que, la Resolución en
cuestión, determina que todos los EOE
pasarán a ser Equipos distritales, más concretamente serán responsables de
intervenir en la totalidad de las instituciones escolares del distrito.
Que, por un lado, se
exigirá responsabilidad de prevenir situaciones conflictivas y, por otro, la
capacidad de intervenir de cada uno de estos Equipos se verá reducida.
Que, no es lo mismo
estar en una escuela, tener continuidad, contacto permanente con las docentes,
a que los Equipos -al ser distritales-, vayan a hacer una intervención puntual
y retirarse, con lo que el impacto y resultantes no serán los mismos, con el
agravante de tener una demanda y una sobrecarga de magnitudes.
Que, los EOE
desarrollan una tarea central en el fortalecimiento del trabajo de las
Instituciones Educativas y de los Docentes, así como en la promoción efectiva
del derecho social a la Educación.
Que, la demanda del
trabajo de los EOE crece en tiempos de crisis y crecimiento de la pobreza.
Que, desde el FUDB
(FRENTE DE UNIDAD DOCENTE BONAERENSE) se le ha demandado a la DGCyE la
cobertura integral de los puestos de trabajo, ya que sólo el 50% de las
Escuelas cuentan con EOE, muchas veces incompletos. E incluso los equipos
distritales tienen que acompañar a varias instituciones en cada distrito, lo
que produce discontinuidad en el trabajo y sobrecarga laboral.
Que, en definitiva,
la resolución en cuestión, implica un ajuste educativo y un incumple la Ley
Provincial de Educación (Art. 43) ya que, en vez de crear los cargos faltantes,
los distribuye en todo el distrito y en todos los niveles, cuando lo aceptable
es que cada Escuela debe tener un equipo en relación a su matrícula escolar y
al proyecto educativo.
Que, se avanza en
políticas de precarización laboral ya que se cambia arbitrariamente el lugar de
trabajo de todos los EOE, se vulnera el derecho salarial, la estabilidad
docente y modifica la organización del trabajo de los EOE, dificultando también
el acceso de los integrantes de los EOE a pruebas de selección o concursos.
Que, desconoce los
ámbitos de participación e incidencia de los Docentes tales como las
Paritarias, la Mesa de Cogestión y la Mesa Psicoeducativa, conformada por
Inspectores de PCyPS de cada región educativa, creada para producir criterios y
recursos de abordaje comunitario integrados.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario